v IDEAS PRINCIPALES:
1-Democracia Representativa
2-Democracia Directa
v IDEAS SECUNDARIAS:
-Parlamento
-Estado representativo
-República Orgánica
-República Presidencialista.
-Rousseau (pensamientos e ideas)
-Socialismo.
v ARGUMENTOS:
Ø Democracia:
Empleamos este concepto para referirnos a un sistema político, en el cual están presentes distintos derechos en la población, en pocas palabras un sistema en el cual existe lo que conocemos como “Sufragio Universal”. Sin embargo es importante considerar que existen distintos tipos de democracia, y quizá al analizarlas encontremos algunas variantes que podrían mostrar mejor a una de ellas que a otra, no obstante a continuación mostraremos sus características y principios, así como algunas de sus limitantes para poder llevarse a cabo dentro del escenario del estado.
1- Democracia representativa:
Básicamente el hablar de este tipo de democracia Bobbio hace referencia al tipo a aquella que tiene que tomar deliberaciones colectivas, que involucran a toda la colectividad y no son tomadas directamente por quienes forman parte de ella, si no por personas que son elegidas para ese fin
En este aspecto es importante tomar en cuenta a que nos referimos con el término “representación”, porque el añadirlo al sustantivo democracia, nos indica un rasgo o característica muy importante de ésta.
El hablar de “representación” implica muchas cosas y básicamente los temas a discusión son dos: ¿Cómo representa? Y ¿Qué representa?
Respondiendo a la primera pregunta, vamos a ver que la representación puede ser de dos tipos:
-Delegado: la persona que toma este cargo se caracteriza por ser un portavoz, ser el medio de sus representados, es un legado y por tanto su mandato es limitado y revocable.
-Fiduciario: regularmente es el representante de una democracia representativa, tiene el poder de actuar con cierta libertad en nombre de los representados, posee gran confianza de sus representados y representa a los mismos sin obligación de mandato u obligación imperativa.
En cambio para responder a nuestra segunda pregunta sobre “¿Qué representa?, podemos señalar entonces dos objetos principales, que son, con base a sus:
-Intereses generales: donde el representante no necesariamente debe pertenecer a la misma profesión que el representado, más bien se ha formado con una categoría profesional específica para ser representante, en algún oficio político. La representación territorial, se enfoca más a este tipo de intereses
-Interese particulares: el representante se encarga de representar los intereses específicos de las personas, en este caso debe pertenecer a la misma profesión de los representados. Ejemplo: el obrero debe representar a los obreros. La representación funcional se apega más a estos intereses y por ello se considera más democrática que la territorial.
Cabe señalar que para la mayoría de nosotros, se entiende por democracia representativa, a aquellas en las que por representante se tiene a alguien que :
E cuanto goza de la confianza del cuerpo electoral, una vez elegido ya no es responsable frente a sus electores y en consecuencia no es revocable. También se caracteriza por que no es responsable directamente frente a sus electores, ya que se encargará de tutelar los intereses generales y no los intereses particulares de una profesión.
Ø Parlamento:
Con relación a este concepto, haremos la aclaración, de que no es lo mismo hablar de una democracia “representativa” y un “parlamento”
El estado parlamentario es una aplicación particular del principio de representación, puede definirse como el estado en el que el órgano central es representativo y de él parten las decisiones coercitivas fundamentales, este órgano es el parlamento.
Al aplicar el concepto de representación a un estado, vamos a decir que estos lo son porque el principio de “representación” se ha extendido también a otras muchas instancias donde se llevan a cabo deliberaciones colectivas así se entiende que no solo es el parlamento, sino pueden ser: municipios, provincias o regiones. Es un estado en el que las principales deliberaciones políticas son realizadas por los representantes elegidos.
Por ejemplo: -E. U: no es un estado parlamentario.
-Es una república presidencial
-Es un estado representativo.
Así podemos concluir:
“No todo estado representativo es un estado parlamentario”
“Un estado parlamentario puede no ser una democracia representativa”
Ø Representación Orgánica:
Es aquella en donde el representante, pone atención en los intereses particulares, por lo cual debe poseer el mismo oficio que el representado.
Este tipo de sistema proviene del pensamiento socialista inglés de finales del siglo pasado
2.- Democracia directa:
La mejor descripción de este tipo de democracia es aquella que posee estas características:
-El individuo participa en primera persona en las deliberaciones que le atañen.
-Entre las deliberaciones que le involucran y los individuos deliberantes no hay ningún intermediario.
-Cuando encontramos representantes revocables, entonces podemos notar que el sistema se acerca más a una representación directa.
De estos dos tipos de democracia, de la directa y la representativa, surge la “Democracia Integral”, la cual abarca aspectos de los dos tipos de democracia que se adaptan a las distintas situaciones y necesidades en donde se aplique dicho sistema.
Ø Pensamiento Rousseau:
Con relación a estos temas intervienen distintos pensamientos, Por ejemplo: Rousseau nos dice que la mayor parte de la gente exige la práctica de una mayor democracia, que en términos generales se podría explicar con la aplicación de una democracia directa.
Sin embargo Rousseau, no explica que esto es muy difícil debido a que para que este tipo de democracia se de es necesario que existan determinadas condiciones prácticamente imposibles en nuestros tiempos, como son:
-Los estados se han vuelto cada vez más grandes.
-Ningún ciudadano es capaz de conocer a todos los demás de su comunidad.
-Las costumbres no son simples.
-Los negocios se han multiplicado.
-Han aumentado las desigualdades entre las fortunas.
Así es como se comportan los estados que se dicen ser democráticos en la actualidad; quizá por eso resulta insensato pensar en una democracia directa entendida como aquella en la que participan todos los ciudadanos en todas las decisiones que le atañen, es por ello precisamente que quizá el sistema político más empleado en la mayor parte de los estados es el de una “democracia Integral” que combina un poco de todo.
-CONCLUSIÓN-
En general la lectura de Bobbio nos brinda un panorama general de lo que es el mundo de la democracia. En general todos como ciudadanos de un país siempre exigimos un poco más de democracia, sin embargo al no conocer lo que la práctica de esta conlleva en ocasiones podemos pedir algo que ni siquiera es posible en nuestras sociedades actuales. Es por ello que en esta ocasión la lectura me permitió observar que la práctica de la democracia en un estado no es sencilla y existen dos tipos de esta, que es : la “Democracia Representativa” y la “Democracia Directa”, ambas presentan distintas variantes, y por algunos motivos ya explicados en el análisis anterior podemos decir que la aplicación de una democracia directa en nuestra sociedad actual es realmente muy difícil, sin embargo tampoco podemos hablar de la presencia de una democracia representativa total, ya que en general, la democracia se aplica según las sociedades, sus circunstancias y necesidades. Es por ello que quizá el tipo de democracia más usual que encontremos en muchos estados sea una “Democracia Integral” es decir aquella que combine ambas democracias, tanto la directa, como la representativa. Desde nuestro punto de vita podemos decir que quizá no sea el modelo de democracia ideal, pero si el más factible para el estado moderno,
=Fuentes de informaciòn:Bobbio Norberto, El futuro de la democracia, edt. Fondo de cultura econòmica, México, 1986.
32 =50 p.p.
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